Contrato de compraventa
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Ante el repunte del mercado inmobiliario en España, desde RÚA Abogados queremos detenernos a examinar el contrato de compraventa y el porqué de acudir a un abogado antes de firmar cualquier acuerdo.

Antes de otorgar la escritura de compraventa, es una práctica habitual formalizar la operación en un contrato de compraventa privado que, además de fijar las condiciones básicas de la transacción, suele ir aparejado del pago de un anticipo o “señal” que demuestre un verdadero interés en la compra.

Este contrato previo –que no tiene por qué tratarse de un contrato de arras– es sumamente importante, ya que es un verdadero compromiso entre las partes, en llevar a cabo la compraventa.

Los contratos privados –si bien, no tienen efectos frente a terceros– obligan a las partes contratantes en todo su contenido, por lo que es muy importante consultar con un abogado antes de suscribirlos.

Contrato de compraventa privado: ¿Qué es?

En el contrato de compraventa una de las partes se obliga a entregar a la otra una cosa determinada a cambio de un precio cierto.

Habitualmente, este tipo de contratos suelen acompañarse de una señal –cantidad de dinero que el comprado deposita para reafirmar su interés en la compra–, que suele perderse si el comprador se echa atrás.

Los contratos de compraventa obligan a las partes a llevar a término lo establecido en el mismo –la transmisión de un bien determinado a cambio de un precio cierto– sin posibilidad de echarse atrás. Por ello, es muy importante el asesorarse bien antes de firmar cualquier contrato.

El incumplimiento del contrato de compraventa: consecuencias.

El incumplimiento por alguna de las partes faculta a la otra a exigir el cumplimiento del contrato –esto es la consumación del mismo; la compraventa– o a solicitar la resolución del mismo, con derecho a una indemnización por los daños y perjuicios que se pudieran causar.

Habitualmente, el incumplimiento lleva aparejada la pérdida de la señal por parte del vendedor o, en su caso, las arras –en el caso de haberlas pactado– por cualquiera de las partes.

Como vemos, en una compraventa, además de la propia escritura, ha de ponerse mucha atención en el contrato privado, para evitar sorpresas desagradables.

Si está interesado en comprar o vender algún inmueble, le aconsejamos que busque el asesoramiento de un abogado especialista, para poder analizar la situación de la finca y negociar las condiciones del contrato amparado en la seguridad jurídica.

En RÚA Abogados, con más de 40 años de experiencia, le informamos sin compromiso. Consúltenos antes de realizar su compra.

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