Multas por saltase el confinamiento | Rúa Abogados
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El pasado 14 de marzo se declaró el Estado de Alarma en nuestro país. Desde entonces, se han impuesto más de 650.000 sanciones por saltarse el confinamiento. Las multas por estas conductas, según la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, podrán oscilar entre los 601 y 30.000 euros. Pero exactamente ¿A qué sanciones nos enfrentamos si nos saltamos el confinamiento? ¿En que casos están justificadas?

Ante las dudas y las diferencias en su aplicación en las diferentes comunidades autónomas, el Ministerio del Interior ha publicado una guía para para unificar los criterios en las multas aplicables a los ciudadanos que incumplan las normas establecidas por el Real Decreto del Estado De Alarma.

Algunas de las sanciones más impuestas en estos 32 días del Estado de Alamar han sido:

En primer lugar, sin duda alguna, realizar un desplazamiento no autorizado, entendiendo por tal aquel no sea debidamente acreditado, ha sido la sanción más impuesta durante este periodo de confinamiento. Esta conducta puede es sancionada con una multa de 601 euros. No obstante, si dicho desplazamiento no autorizado se realiza acompañado por otra u otras personas, la cuantía de la sanción será de 1.500 euros. Del mismo importe será la sanción por desplazarse a la segunda residencia.

El importe de estas sanciones puede incrementar en el caso de que el ciudadano infractor tenga una actitud inapropiada como menosprecio, intimidación o violencia hacía los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en cuyo caso la sanción podría llegar a los 10.400 euros.

Otra de las sanciones más impuestas a estas en estos 32 días del Estado de Alarma ha sido la negativa de los ciudadanos a identificarse. En este supuesto, la sanción ascendería a 700 euros. La actuación deliberada del ciudadano para evitar ser identificado, como puede ser el caso de que este huya o intente esconder de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la sanción ascendería a 1.500 euros.

A continuación, mostramos la siguiente tabla con algunas de las conductas sancionables y el importe de la correspondiente sanción:

Desplazamiento no autorizado: 601 euros

Desplazamiento no autorizado acompañado: 1.500 euros

Desplazamiento a segunda vivienda: 1.500 euros

Negativa a identificarse: 700 – 1.500 euros

Con independencia de la sanción que pueda ser impuesta por vulnerar el confinamiento, todos debemos ser conscientes de las consecuencias de nuestros actos y sin duda, saltarse las nomas de confinamiento puede provocar consecuencias devastadoras en nuestras vidas y en las vidas de los demás. Para evitarlo, todos debemos poner nuestro granito de arena y quedarse en casa.

Si tienes dudas sobre que conductas estan permitidas y cuales no o si una sanción es recurrible, no dudes en contactar con nosotros, el #TeamRua te informará y te preoporcionará el asesoramiento que necesitas en el teléfono gratuíto 900 20 20 43 y en el correo electrónico clientes@ruaabogados.es.

 

 

 

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