3 preguntas claves sobre el Tridente Santander | Rúa Abogados
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Tres preguntas sobre el Tridente Santander.

Recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia anulando el contrato del producto Tridente del Santander observando la falta de información del Banco Santander a sus clientes de banca privada de los riesgos de este producto financiero. La devolución de la inversión es 1,2 millones. En Rúa Abogados hemos recibido numerosas de llamadas de clientes con diversas dudas e inquietudes al respecto. Por ello, hemos desarrollado tres preguntas básicas sobre el producto estructurado Tridente.

  • ¿En qué consiste el Tridente Santander?

El Tridente Santander es un producto habitual entre los clientes de banca privada, a nivel nacional e internacional, que se suele conocer como un “producto financiero estructurado (PFE)". Un PFE es un producto financiero que combina dos o más productos en su estructura.

El producto Tridente de Santander tenía la siguiente estructura:

El inversor entregaba al banco un capital, comprometiéndose el banco a pagarle un rendimiento fijo trimestral del 2% durante 3 años y a devolver el principal en el momento de la cancelación del producto que podía ser anticipada cada año. El capital podía verse incrementado o minorado dependiendo de la evolución del precio en el mercado de las acciones subyacentes, BBVA, ING y BNP Paribas etc. Las pérdidas fueron importantes ya que estaba referenciado a las acciones financieras justo antes de la crisis de las hipotecas basura norteamericanas. Este producto ofrecía una rentabilidad potencial muy alta, pero "era de carácter complejo y de elevado riesgo", tal como lo define la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

  • ¿Por qué es tan importante que el Supremo haya fallado en contra del Tridente Santander?

El pasado 3 de febrero el Tribunal Supremo dictó una importante sentencia en contra del Santander por la venta del producto Tridente a clientes de banca privada. El Alto Tribunal considera que los clientes de banca privada accedieron a la contratación del producto estructurado Tridente sin un conocimiento real de sus riesgos. La rentabilidad de este producto va ligada a la evolución de acciones bancarias como BBVA, ING, ABN Amro y PNB Paribas. En la sentencia el Supremo establece: “Confirmamos la nulidad de los contratos acordada en la sentencia de primera instancia, pero fundada en la existencia de error vicio”, “La información contenida en los contratos, cuando se trata de un producto complejo, no es suficiente. No basta con que en el contrato se haga mención de que el titular asume el riesgo de que la rentabilidad final del producto sea negativa […] pues se trata de una advertencia genérica”, “Es preciso ilustrar los concretos riesgos y advertir cuánto puede llegar a perderse de la inversión y en qué casos, con algunos ejemplos o escenarios”. Además, el hecho de que los clientes fueran de banca privada no les convierte en inversores profesionales, ni siquiera por el hecho de que ya hubieran destinado su dinero a productos similares.

En nuestra opinión, esta sentencia abre la puerta a la reclamación de otros clientes que perdieron dinero con el producto Tridente u otro similar de otras entidades cuando la información bancaria no fuera suficiente para el inversor valorando la experiencia previa de éste con derivados.         

  • ¿Qué debo hacer si soy titular del producto del Tridente Santander?

Es muy probable que usted, así como cientos de clientes de banca privada de Santander que dieron el visto bueno a la contratación del producto estructurado, hubiese adquirido el producto sin un conocimiento real de los riesgos del mismo.

Nuestro despacho, experto en reclamaciones bancarias, recomienda la reclamación judicial por las pérdidas en este tipo de producto, ofrecido especialmente a los clientes de banca privada

A través de la vía judicial es posible recuperar su dinero. Por ello, si usted tiene este producto financiero, llámenos al teléfono gratuito 900 20 20 43 o envíenos un mail a administracion@ruaabogados.es, y uno de nuestros abogados analizará su caso sin coste y sin compromiso alguno.

En Rúa Abogados no cobramos nada si usted no recupera su dinero, y solo cobraremos si el litigio tiene éxito, y en el momento en el que el banco pague la cantidad reclamada.

 

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