aval hipotecario | Rúa Abogados
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A la hora de reclamar gastos hipotecarios, debes tener en cuenta cuáles debes pagar tú y cuales debe pagar la entidad bancaria. En este artículo, te informamos de quién paga los gastos hipotecarios en cada caso, para que reclames lo que te pertenece.

Reclamación de gastos hipotecarios: ¿cuáles puedes reclamar?

Es práctica habitual de las entidades bancarias vincular una serie de servicios de forma simultánea a la suscripción del préstamo hipotecario, como condición ineludible para acceder a la concesión del mismo. Entre ellos, se suele imponer al prestatario la contratación de seguros de vida, fallecimiento, incapacidad, amortización, protección de pagos, hogar, etc.

El Banco de España define genéricamente el aval como un “contrato por el que una persona física o jurídica garantiza o asegura el cumplimiento de obligaciones, asumiendo la obligación de pagar una deuda de otra persona si esta última no lo hace.