5 COSAS QUE DEBES SABER SI ERES UN AFECTADADO POR “FILOMENA”. | Rúa Abogados
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En las últimas 24 horas, cientos de miles de personas han sufrido los efectos del temporal “Filomena” que ha teñido de blanco la capital española y ha provocado el cierre del aeropuerto Madrid-Barajas durante más de 24 horas. Si eres uno de los afectados por “Filomena” y tu vuelo ha sido cancelado este post puede serte de gran ayuda para hacer valer tus derechos.

  • ¿Qué puedo hacer si han cancelado mi vuelo por el temporal “Filomena”?

En función de la duración del retraso o cancelación del vuelo por causas meteorológicas, el pasajero afectado tiene derecho a recibir asistencia o al reembolso del importe del vuelo cancelado o del coste del transporte alternativo.

  • ¿Tengo derecho a una indemnización económica?

La normativa que regula los derechos de los pasajeros aéreos considera que las tormentas de lluvia o nieve son “circunstancias extraordinarias” que escapan al control de la aerolínea y, por tanto, el pasajero afectados por las mismas no tiene derecho a obtener una indemnización económica.

  • ¿Tengo derecho al reembolso del coste de mi viaje?

Si el retraso de un vuelo por causas meteorológicas se alarga más de 5 horas, el pasajero afectado tiene derecho al reembolso del precio del billete o, bien, a un viaje alternativo que le lleve a su destino lo antes posible.

  • ¿Qué tipo de asistencia debe prestarme la aerolínea?

Esta asistencia está condicionada a las horas de espera y de la distancia del trayecto e incluye el derecho a recibir comida y bebida, así como a efectuar dos llamadas telefónicas o mensajes por fax o email. Los pasajeros tendrás derechos a esta asistencia cuando: 

- En vuelos de hasta 1.500 km se trasen más de 2 horas. 

- En vuelos de entre 1.500 km y 3.500 km se trasen más de 3 horas. 

- En vuelos de más de 3.500 km se retrasen más de 4 horas. 

  •  ¿Qué puedo hacer si cancelan o retrasan mi vuelo más de 24 horas?

Si el retraso o cancelación de un vuelo supone volar, al menos, el día siguiente, la aerolínea deberá ofrecernos noche de hotel y transporte. En estos casos, es importante que antes de reservar por tu cuenta una habitación de hotel compruebes si la aerolínea ya lo ha hecho. Además, confirma con tu aerolínea (siempre por escrito) que esta se hará cargo de la reserva que hagas por tu cuenta.  

 

Si tienes alguna duda sobre como proceder o sobre los derechos que tienes como pasajero, ponte en contacto con nosotros y nuestro #Teamrua te proporcionará el asesoramiento que necesitas de forma totalmente gratuita.

Puedes contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 20 20 43 o en el correo electrónico clientes@ruaabogados.es

 

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