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Complemento de Paternidad

Si eres hombre, jubilado entre 2016 y 2021 y tienes dos o más hijos, tienes derecho a un incremento de tu pensión. El TJUE ha dictaminado que la ley española era discriminatoria al conceder este complemento solo a mujeres.

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PREGUNTAS FRECUENTES

Tienes que ser hombre, padre de dos o más hijos y perceptor de una prestación contributiva de jubilación, incapacidad o viudedad reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.

Sí, siempre que tu prejubilación no haya sido voluntaria y cumplas los requisitos de hijos y fechas. Nuestros abogados revisarán tu caso sin compromiso y sin coste inicial.

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A partir de esa fecha el complemento de paternidad se sustituyó por el complemento de brecha de género. Recientemente el Tribunal de Justicia de la UE y el TS han declarado que este complemento también es discriminatorio, por lo que debe ser satisfecho en las mismas condiciones que las mujeres.

Por tanto, si eres hombre, te jubilaste después del 4 de febrero de 2021 y tienes al menos un hijo, tienes derecho a percibir el complemento de brecha de género.

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