Tras el pronunciamiento del Tribunal Supremo: ¿Se puede reclamar el IRPH? | Rúa Abogados
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¿Cómo reclamar el IRPH?
El pasado 22 de noviembre de 2017, el Tribunal Supremo hacía público -mediante un comunicado de su Gabinete Técnico- que el Pleno de la Sala Civil había estimado el recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había declarado nula la cláusula de interés de un préstamo hipotecario por estar referenciada al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios).

En la comentada sentencia se estableció, por tanto, que el IRPH según el Tribunal Supremo es perfectamente legal, ya que -en opinión de los magistrados- el mero hecho de referenciar un préstamo a un tipo oficial como el IRPH no implicaba falta de transparencia ni abusividad.

El mencionado fallo fue objeto de numerosas críticas, pues previo al mismo diversas Audiencias Provinciales -como las de Álava, Vizcaya, Salamanca, Alicante, Cádiz, Murcia y algunas secciones de la de Madrid- se habían pronunciado en sentido contrario al criterio del Supremo.

Tras el fallo del Alto Tribunal muchos afectados pensaron que se esfumaba toda esperanza de recuperar su dinero. No obstante, durante el mes de enero de 2018 hemos presenciado cómo los juzgados y tribunales comienzan a desatender la referida sentencia del TS, fallando así en favor de los afectados por el IRPH. Es el caso, por ejemplo, del Juzgado Instrucción de Amurrio (Álava), que ha publicado recientemente una sentencia por la cual declara la nulidad del IRPH por falta de transparencia, dejando el contrato de préstamo sin intereses y condenando a la Caja Rural de Navarra a devolver las cantidades cobradas de más. Otro caso análogo es el de la Audiencia Provincial de Gerona, que condenó a Caixabank por sustituir -de forma poco transparente- el extinto IRPH Cajas por un tipo fijo.

Esta especie de “rebelión judicial” hace recordar al caso de las llamadas “Cláusulas Suelo”, en el que numerosos juzgados y Audiencias Provinciales se apartaron del criterio original del TS, hasta que el mismo fue modificado en virtud de un posterior fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De hecho, se ha conocido recientemente la solicitud formulada a jueces que deben pronunciarse sobre la posible nulidad del IRPH para que eleven una cuestión prejudicial al TJUE, de manera que sea éste quien se pronuncie definitivamente sobre el asunto.

En consecuencia, consideramos que hay elementos suficientes para pensar que el caso de los préstamos afectados por el IRPH puede seguir una senda judicial muy similar a la de las “Cláusulas Suelo”. Por lo tanto, si usted es uno de los afectados no dude en contactarnos, ya que nuestro equipo especializado en Derecho Bancario se encargará de ayudarle a recuperar su dinero lo antes posible.

 

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