Accionistas y afectados por la venta del Banco Popular continúan exigiendo la devolución de las cantidades invertidas | Rúa Abogados
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Han transcurrido varias semanas desde que concluyera el plazo otorgado por el Banco Santander para que una parte de los afectados por la resolución del Banco Popular, fueran parcial y condicionalmente “compensados” por dicha entidad, como consecuencia de la amortización de sus acciones, en fecha 7 de junio de 2017.   

Sin embargo, diversas han sido las acciones legales que se han ejercitado ante los Juzgados y Tribunales, bien durante la vigencia del llamado “plan de fidelización” bien a posteriori, al efecto de agotar todas las vías de reclamación derivadas de la resolución y venta del Banco Popular.

 

Banco Popular: Vía contencioso-administrativa

Por una parte, en el orden contencioso-administrativo, se han interpuesto recursos contra la Decisión SRB/EES/2017/08 de la Junta Única de Resolución (SRB, por sus siglas en inglés), publicada el 11 de julio en el DOUE, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Al mismo tiempo, se han presentado recursos contencioso-administrativos contra la resolución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), de 7 de junio de 2017, publicada en el BOE de 30 de junio del propio año, ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional.

 

Afectados por el Banco Popular: Demandas individuales en la jurisdicción civil.

En la jurisdicción civil, se han presentado demandas frente a la entidad bancaria, solicitando la nulidad y/o la responsabilidad contractual y, en su caso, la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados a los afectados.

Estas demandas se han interpuesto a fin de recuperar las cantidades invertidas, bien directamente en acciones del período 26 de mayo de 2016 – 10 de abril de 2017, es decir, desde la fecha de inicio de la ampliación de capital hasta que se hicieron públicos los problemas de solvencia económica de la entidad, bien indirectamente a través de productos de deuda subordinada que fueron canjeados finalmente por acciones de la propia entidad.

 

Afectados por el Banco Popular: Vía penal.

En vía penal, se han presentado varias querellas criminales contra la entidad y antiguos directivos de la misma, por medio de las cuales se han personado, tanto personas naturales como jurídicas, en el procedimiento penal seguido ante la Audiencia Nacional.

Aquí se trata de determinar no solo la responsabilidad penal de Banco Popular y sus ex–directivos en la quiebra de la entidad, sino también la responsabilidad civil derivada de las actuaciones presumiblemente criminales.

Rúa Abogados está a la vanguardia en todos los frentes abiertos contra Banco Popular. En este escenario, los afectados no deben dudar de los beneficios de instar la vía judicial para la reparación de sus derechos.

En definitiva, son los órganos judiciales los que ostentan las prerrogativas necesarias para declarar la nulidad de dichas resoluciones o de los contratos correspondientes, sin descartar la responsabilidad contractual y, en su caso, la obligación de indemnizar por daños y perjuicios ocasionados, al margen de la responsabilidad penal de la entidad y de sus ex–directivos.

Le asesoramos sin compromiso alguno. Llámenos al 900 20 20 43 y le ayudamos.  

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