¿Qué es y que sucede con el Bono Santander 17? | Rúa Abogados
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El 7 de julio de 2016, fue la fecha de vencimiento de un producto financiero denominado “Bono Santander 17”, comercializado en el año 2008, y que provocó enormes pérdidas a sus inversores, cercanas al 70% del importe suscrito. No obstante, desde Rúa Abogados, sabemos que puede recuperar su dinero.

¿Qué es el Bono Santander 17?

Estamos ante un producto financiero complejo, de alto riesgo, que tiene como subyacente el valor de las acciones del Banco Santander S.A. Esto supone que el cupón –o rentabilidad que obtenienen los inversores de este producto– depende de la evolución del precio de esas acciones.

El plazo máximo de duración de este producto es de 8 años. No obstante, se trata de un bono “autocancelable”, lo que supone que cada cierto tiempo se puede cancelar, de forma automática, si se cumplen los requisitos de la emisión.

El Bono Santander 17, se suscribió en el año 2008, fijando el precio del subyacente en 11,05 € y estipulando 8 periodos de “autocancelación”, si las acciones del Banco Santander superasen dicho valor en la Bolsa de Madrid, en la fecha de revisión pactada.

De esta manera, el producto se amortizaría, de forma automática, si se cumplía esa condición, generando un beneficio del 17 % el primer año, el 34 % si los requisitos se cumplen en su segundo año de vida y así hasta el máximo del 136 % en el octavo año.

Lamentablemente, durante los últimos 8 años, el subyacente del bono –las acciones de Banco Santander– nunca ha superado el valor inicial en la fecha de revisión, por lo que, llegados al 7 de julio de 2016, el bono se cancela de forma automática, independientemente del resultado para el inversor.

¿Qué sucedió el 7 de julio de 2016?

El 7 de julio, el Bono Santander 17 se “autocanceló” con unas pérdidas nominales de más del 65%.

Las acciones de Banco Santander –subyacente del bono– cerraron la sesión de 4 de julio con un valor de 3,487 €/acción; un 68,44 % inferior al valor inicialmente pactado.

El hecho de que la cotización de las acciones haya caído hasta estas cifras, implica que el inversor no solo no tendrá rentabilidad alguna, sino que perderá la práctica totalidad de su inversión.

¿Cuánto va a perder un poseedor del Bono Santander 17?

El contrato del Bono Santander 17 estipula que la pérdida de la inversión –llegado el octavo año sin que se cumplan los requisitos que describimos– será proporcional a la caída del precio de las acciones, que en este caso, es de un 68,44 %.

Así, por ejemplo, un afectado que haya invertido 100.000€ en el Bono Santander 17, sólo recuperará 31.556,56 € o, en el caso de que haya suscrito el importe mínimo –50.000 €–, sólo recuperará 15.778,28 €.

En Rúa Abogados, podemos ayudarle a recuperar su dinero. No dude en consultarnos su caso. Llámenos al teléfono gratuito 900 20 20 43.

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