El Tribunal Constitucional respalda a los contribuyentes de la Plusvalía Municipal | Rúa Abogados
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El Tribunal Constitucional (TC), mediante su sentencia dictada el pasado 11 de mayo, ha ratificado su criterio respecto a la inconstitucionalidad del método de cálculo que venía aplicándose para el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIIVTNU o Plusvalía Municipal). De esta forma, el TC extiende a todo el territorio nacional el criterio que previamente había adoptado en decisiones circunscritas al territorio foral de Guipúzcoa y a Álava.

En consecuencia, el TC estima que el método empleado para determinar el importe de la Plusvalía Municipal atenta contra el principio constitucional de “capacidad económica, toda vez que -hasta ahora- la mera titularidad de un inmueble durante un periodo de tiempo constituía motivo suficiente para que la transmisión de dicho inmueble fuera gravada por el impuesto, a pesar de que no hubiese existido incremento alguno en el valor del bien transmitido.

Es decir, bajo la regulación vigente, el solo hecho de ser titular de un inmueble durante un periodo de tiempo implica el pago del IIVTNU al momento de la transmisión de ese bien, incluso en aquellos casos en los que el inmueble no haya aumentado de valor y, por ende, haya sido transmitido por un precio menor al de su adquisición original. Por lo tanto, el Alto Tribunal considera que resulta inconstitucional la imposición del tributo en aquellos casos en los que el inmueble haya sido transmitido con pérdidas, puesto que tal transmisión no pone de manifiesto ningún tipo de capacidad económica, lo cual es un requisito constitucional para la imposición de un tributo.

La comentada decisión del Tribunal Constitucional no solo evidencia la necesidad de articular un mecanismo que evite la referida tributación de transmisiones con pérdidas, sino que implica también que aquellas personas que hayan pagado el IIVTNU con ocasión de la venta a pérdidas de sus inmuebles podrán solicitar la devolución del ingreso efectuado, en razón de que el mismo fue realizado como consecuencia de un cálculo tributario inconstitucional.

Por lo tanto, desde Rúa Abogados queremos ayudarle a recuperar el dinero que ha ingresado indebidamente con motivo del pago de la Plusvalía Municipal. En consecuencia, si en los últimos cuatro años usted ha vendido su inmueble por un precio igual o menor al precio que pagó cuando lo adquirió -y como resultado de dicha transmisión usted ha tenido que pagar la Plusvalía Municipal- no dude en contactarnos, puesto que lo ayudaremos a recuperar el importe pagado.

Si necesita más información al respecto, puede visitar esta página dedicada específicamente para la reclamación de la plusvalía municipal. O llámenos al 900 20 20 43.

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