¿Cómo saber si mi hipoteca tiene cláusula suelo?
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clausula suelo, prestamo hipotecario

¿Le parece que está pagando unos intereses muy elevados por su préstamo hipotecario? Seguramente sea uno de los miles de afectados por las Cláusulas Suelo. Desde Rúa Abogados le mostramos como identificar la Cláusula Suelo de su hipoteca y que pasos debe seguir a continuación.

¿Cómo saber si tengo Cláusula Suelo en mi hipoteca?

Para identificar la cláusula límite a la variabilidad del interés aplicable, el primer paso es detenerse a observar el recibo mensual del préstamo hipotecario. En el mismo, la entidad bancaria refleja el interés que se le está aplicando en este periodo de liquidación.

En la actualidad, el EURIBOR se encuentra en el 0,163 % –agosto de 2015–, por lo que, si usted está abonando unos intereses superiores al 1,00 %, es muy probable que su hipoteca contenga una Cláusula Suelo.

A continuación, debe comprobarlo en su escritura de préstamo. Debe revisarla minuciosamente, dado que las entidades bancarias suelen esconderla bajo una abrumadora cantidad de datos financieros con una redacción oscura, a fin de dificultarnos su comprensión.

A menudo, la encontraremos después de la cláusula de intereses variables de nuestro préstamo.

La Cláusula suelo no aparecerá con esta denominación, sino que las entidades la insertan en los préstamos con distintos tecnicismos.

¿Cómo detectar la cláusula suelo en mi hipoteca?

Las entidades de crédito definen la Cláusula Suelo como:

  • Límites a la aplicación del tipo de interés variable.
  • Límites a la variabilidad.
  • Sobre el tipo de interés variable.
  • Túnel hipotecario.
  • Limitaciones a la baja del tipo de interés.
  • Tipo de interés mínimo.
  • Horquilla de interés.
  • Limitación del tipo de interés.
  • El tipo de interés pactado no podrá ser superior a "x" ni inferior a "y".

Y si tiene dudas, en este enlace puede rellenar un formulario y nos pondremos en contacto con usted para aclararle su situación.

¿Qué son las Cláusulas Suelo?

Casi la totalidad –cerca del 97%– de los préstamos concedidos por entidades de crédito están configurados con un interés fijo en un primer periodo y un interés variable durante el resto de la vida del préstamo. Este interés variable suele calcularse respecto de un índice del mercado, que sirve como variable para los intereses devengados, incrementándolo en un porcentaje constante –o diferencial– que se pacta con la entidad. Normalmente este índice variable es el Euribor.

De esta forma, tras el periodo de cuotas fijas –que se pacta en la escritura de préstamo– los intereses se calcularán sobre la cantidad prestada con un porcentaje variable –EURIBOR– incrementado en el porcentaje pactado con el banco –por ejemplo, un 1,25 %–. De este modo, una hipoteca revisada a 2 diciembre de 2014 –con el EURIBOR como variable y un diferencial del 1,25% pactado con el banco– tendría unos intereses –hasta su próxima revisión– de 0,335 % (EURIBOR en vigor en la fecha de revisión) + 1,25 % (diferencial); un total de 1,585 %.

No obstante, esto no sucede. Las denominadas Cláusulas Suelo –o clausulas “Límite a la variación del interés aplicable”– evitan que los tipos de interés alcancen su valor realestipulando un porcentaje mínimo de interés aplicable al préstamo durante toda su vigenciaindependientemente de que el interés pactado en función del índice variable –EURIBOR– caiga por debajo de ese mínimo. La realidad es que el préstamo que estamos analizando devengaría unos intereses mínimos de un 4,00 %; porcentaje mínimo estipulado en su Cláusula Suelo.

Estas cláusulas impiden que los intereses de sus préstamos se calculen según el valor real del mercado, aplicando unas reglas abusivas –habitualmente entre el 3,00 y el 4,00 %– obligando al prestatario a abonar en sus cuotas unos intereses por encima de los reales del mercado.

Tengo Cláusula Suelo; ¿Qué hago?

Una vez detectamos que se nos está aplicando un suelo, desde Rúa Abogados, recomendamos que se pongan en contacto con un despacho especializado en la materia y que eviten las negociaciones con los bancos.

La Cláusula Suelo puede eliminarse de su hipoteca y usted puede recuperar las cantidades abonadas en exceso –en aplicación de dicha cláusula– desde el 9 de mayo de 2013, pero para ello deberá acudir a la vía judicial.

Las entidades bancarias, negocian con los afectados una rebaja en el tipo de suelo a aplicar, o incluso la suspensión temporal de la aplicación del suelo. A cambio, la entidad exige al cliente que renuncie a reclamar judicialmente. De esta forma, en el mejor de los casos, el banco dejará de aplicarle la Cláusula Suelo durante un periodo de tiempo, pero usted no recuperará su dinero y transcurrido ese periodo volverá a aplicársele el suelo, volviendo a la situación actual y sin poder demandar a la entidad.

Por todo ello, Rúa Abogados desaconseja las negociaciones con las entidades bancarias, además, estamos seguros del éxito de sus reclamaciones.

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