Reclamar gastos hipotecarios: ¿quién debe pagar los gastos extra?
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A la hora de reclamar gastos hipotecarios, debes tener en cuenta cuáles debes pagar tú y cuales debe pagar la entidad bancaria. En este artículo, te informamos de quién paga los gastos hipotecarios en cada caso, para que reclames lo que te pertenece.

Reclamación de gastos hipotecarios: ¿cuáles puedes reclamar?

El cliente no tiene por qué hacer frente a la totalidad de gastos hipotecarios. Las reclamaciones que puedes solicitar, ya sea de forma total o parcial son las que te mencionamos a continuación. Además de la escritura del préstamo que pagaste a la notaría, también puedes reclamar lo que te hayas gastado en la inscripción de la hipoteca, así como los gastos de gestoría si el banco la ha cont​ratado.

Quién paga los gastos hipotecarios

1. La notaría

La escritura tiene un precio de entre 600 y 850 €. Hasta hace poco lo tenía que pagar el cliente. No obstante, ahora puedes reclamar a la entidad bancaria que te devuelva lo pagado en el momento de la firma del préstamo por este concepto.

2. Registro de la propiedad

Inscribir la vivienda en el registro es un trámite obligatorio que cuesta entre 400 y 650 €, aunque a veces pueden ser menores. En este caso, ocurre lo mismo que con el anterior, puedes reclamar al banco lo pagado por este concepto.

3. El IVA, el ITP y el IAJD

El importe abonado por este concepto varia de una comunidad autónoma a otra. La reclamación al banco del importe abonado por este concepto está todavía en el aire, pues el asunto será aclarado por el TJUE como ocurrió con las llamadas “cláusula suelo”.

Si vas a firmar un préstamo hipotecario próximamente, no tendrás que soportar este gasto pues desde la aprobación del Real Decreto del Gobierno en relación con este tipo de impuestos, siempre lo paga el banco

4. Tasación y gestoría

Los pagos realizados a la gestoría se pueden reclamar al banco si este la impuso. Por otro lado, la tasación se hace si la vivienda es de segunda mano. Lo habitual es que se le pueda reclamar al banco, pues es el interesado principal en saber del estado del inmueble.

5. Comisión de apertura

La comisión de apertura, por otro lado, es un porcentaje que aplica el banco y que representa, aproximadamente, el 1% del capital prestado. Lo pagas tú cuy lo normal es que se te deduzca de la cantidad que te entregue el banco en tu préstamo. 

Si quieres reclamar gastos hipotecarios o negociarlos si todavía no has firmado, cuenta con la ayuda de expertos que sepan cómo ayudarte. ¿A qué estás esperando para contactar con nosotros y recuperar tu dinero?

 

 

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