Un éxito del 98,89% en la vía judicial representando a los perjudicados por la comercialización de productos bancarios.
Desde que el pasado mes de noviembre la Sala Primera del Tribunal Supremo publicase el texto de su sentencia Nº 608/2017, distintos Juzgados de Primera Instancia de todo el país han ido asumiendo y aplicando los criterios expresados por el Alto Tribunal en relación a la nulidad por abusividad del clausulado multidivisa incorporado en préstamos hipotecarios suscritos con consumidores.
Recordemos que en la referida sentencia se indica que este tipo de hipotecas deben ser consideradas abusivas cuando los clientes no son adecuadamente advertidos de los riesgos inherentes a las mismas. Es decir, que respecto de las cláusulas multidivisa existe un deber especial de transparencia que obliga a las entidades financieras a facilitar a los prestatarios la información suficiente para que éstos comprendan no solo su contenido formal y gramatical, sino también su alcance concreto y puedan tomar decisiones fundadas y prudentes.
Pues bien, tras el pronunciamiento del TS hemos conocido sentencias de juzgados de Madrid, Barcelona, Valladolid, Sabadell, Zamora o Burgos -entre otros- que se adhieren a la comentada doctrina del TS y, en consecuencia, han declarado la nulidad parcial de los préstamos. A causa de ello, los prestatarios han sido indemnizados con las cantidades que las entidades bancarias les habían cobrado de más desde la suscripción de los préstamos, en aplicación de los clausulados multidivisa cuya nulidad ahora se declara.
La publicación de esta sentencia -y su posterior respaldo por el resto de Juzgados y Audiencias- generará un efecto esclarecedor en el hasta ahora difuso panorama judicial de las hipotecas multidivisa, toda vez que a partir de este fallo los afectados podrán recuperar su dinero interponiendo acciones judiciales contra las entidades bancarias sin importar cuánto tiempo haya transcurrido desde la suscripción -o cancelación- del préstamo, puesto que este tipo de acciones de nulidad radical son imprescriptibles.
Además, el comentado fallo también fomenta que los procesos judiciales sean más expeditos, pues simplifica la discusión jurídica que se venía dando en los distintos Juzgados y Audiencias Provinciales, los cuales con frecuencia defendían criterios muy dispares que ahora han sido unificados por el TS. En este sentido, en el último mes hemos identificado un aumento notable en el porcentaje global de éxito de los casos de préstamos multidivisa, situándose actualmente por encima del 90%.
Por lo tanto, si usted es uno de los afectados por la comercialización de un préstamo multidivisa, no dude en contactarnos. En RÚA Abogados somos pioneros en esta materia con un 100% de sentencias favorables hasta la fecha.