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El pasado martes 2 de noviembre hemos conocido la Sentencia completa del Tribunal Constitucional sobre la plusvalía municipal. Dicha resolución, de fecha 26 de octubre de 2021, considera inconstitucional la fórmula de cálculo de este tributo “porque la regulación que llevan a cabo esos artículos conduce a un resultado que se aleja notablemente de los valores reales de los inmuebles en el mercado inmobiliario. Por ello, considera que son inconstitucionales y nulos”, según establece la sentencia.

Seis años después de que el Tribunal Supremo dictase su primera sentencia sobre los gastos hipotecarios el 23 de mayo de 2015, todavía hay alguna que otra incógnita por despejar en relación a la reclamación de los gastos hipotecarios.

La sentencia del Tribunal Supremo 554/2021, de 20 de julio, declara la nulidad de estas cláusulas, ordena a Ryanair que las retire de su contrato y por tanto deje de aplicarlas, y permite que los viajeros afectados por ellas puedan reclamar las correspondientes indemnizaciones y/o compensación que proceda en cada caso.  

A una semana de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el plazo que tienen los consumidores para reclamar los gastos hipotecarios, el TJUE se adelanta y se pronuncia sobre la fijación y computo de plazos en asuntos de consumo.

Esta semana hemos conocido una Sentencia de la Audiencia Provincial de Girona, que condenaba a una aseguradora, a pagar a una pizzería una indemnización de 6.000 € por las pérdidas sufridas durante el cierre provocado por la pandemia.

Puede consultar la resolución completa en el siguiente enlace.

Esta semana la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una nueva sentencia, que previsiblemente marcará un antes y un después para los más de 300.000 afectados por la caída de la entidad el pasado 7 de junio de 2020, es especialmente relevante por dos motivos, el primero porque considera que las cuentas de Banco Popular dejaron de reflejar su imagen fiel desde al menos el 17 de febrero de 2012, y segundo, porque dicha ocultación continuó hasta el mismo día de su resolución.

NUEVA SENTENCIA QUE FALLA A FAVOR DE UN ACCIONISTAS DE BANCO POPULAR.

Una sentencia del Juzgado nº1 de Móstoles, de 10 de marzo de 2020, ha condenado a Banco Santander a devolver 8.242 euros a un accionista que había adquirido sus acciones en marzo de 2017.

Pregunta 1: ¿Afecta la nueva sentencia a mi caso?

Sí, esta resolución afecta a todos las reclamaciones, pero, principalmente, aquellos cuyos contratos se hayan suscrito con posterioridad al mes de mayo de 2010.

Pregunta 2: ¿Si mi contrato es posterior a mayo de 2010 puedo reclamar?

En principio, nada impide que puedas reclamar. En todo caso, tras la nueva interpretación del Tribunal Supremo, tu caso debe estudiarse de nuevo para comprobar que no haya ningún problema. En todo caso, más del 85% de los asuntos siguen siendo viables. 

El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre las tarjetas revolving en su sentencia 149/2020, de 5 de marzo. En esta nueva resolución, el Alto Tribunal debía pronunciarse sobre dos extremos: el primero de ellos es con que dato estadístico debía compararse el interés de cada uno de los créditos y el segundo, cuando este debe considerarse “notablemente superior al normal del dinero”, de conformidad con la Ley de la Usura de 1908.

El origen del problema.

Las tarjetas y créditos revolving son una modalidad de financiación que permite a su titular disponer de un crédito hasta un determinado importe a cambio del pago de pequeñas cuotas mensuales. Este importe disponible para el cliente disminuye con cada cargo y se repone con el abono de las cuotas, convirtiéndolo en un crédito rotativo equiparable a una línea de crédito permanente.