Nuevas ayudas para el alquiler de vivienda 2016 | Rúa Abogados
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Con el final de las vacaciones llega la tan esperada entrada en vigor del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. Desde el 1 de septiembre, ya están disponibles las ayudas para alquiler de vivienda.

Desde su publicación en el BOE en el año 2013, el Gobierno ha estado intentado cerrar los acuerdos entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Fomento para poder ponerlo en marcha. Después de tres años de espera, entra en vigor.

¿Tipos de ayudas contempla este Plan?

El Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, concede una ayuda económica mensual proporcional al monto anual.

Estas ayudas son gestionadas por cada CCAA, por lo que deben ser solicitadas en la Consejería competente. Serán los propios entes autonómicos quienes establezcan la forma y el plazo para solicitarlas, por lo que no será posible realizar dicha solicitud hasta la publicación en el DOG –en el caso de Galicia- de la correspondiente convocatoria.

¿Qué requisitos debo cumplir para ser beneficiario de estas ayudas?

Los requisitos que han de cumplir los beneficiarios de estas ayudas son los siguientes:

  • Ser mayor de edad.
  • Que se haya suscrito –o estar en condiciones de hacerlo- un contrato de arrendamiento de vivienda, en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario.
  • Que la vivienda objeto de arrendamiento –o que vaya a ser- constituya la vivienda habitual y permanente de la persona arrendataria.  
  • Que la renta mensual de la vivienda no exceda de 600 euros. No obstante, existe las CCAA tienen la potestad de reducir más este límite superior.
  • Que los ingresos de las personas que tengan su residencia habitual y permanente –o vayan a tener- no superen 3 veces el IPREM. Aunque una vez más, cada CCAA tiene la potestad de fijar un límite inferior.

¿Cuál es la  cuantía de estas ayudas?

Cada CCAA cuenta con un presupuesto limitado que ha sido fijado por el gobierno estatal. Estas ayudas al alquiler pueden alcanzar hasta el 40% de la renta anual, pero con el límite de 2.400 euros anuales. La duración de las mismas puede ser de hasta 12 meses, prorrogables otros 12 más, siempre a instancia del interesado.

Desde Rúa Abogados, te mantenemos informado sobre la actualidad de estas ayudas, así como de temas como hipotecas, cláusulas suelo, contratos de compra-venta, entre otros relacionados con la vivienda.

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