Como ya es bien sabido, muy recientemente se dictaba la SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (TC), NÚM. 182/2021, DE 26 DE OCTUBRE, publicada en el BOE de 25 de noviembre de 2021, y que resulta capital dado que el Alto Tribunal en materia de Derechos y Garantías Constitucionales estableció DEFINITIVAMENTE la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1, párr. 2º, 107.2 a) y 107.4 de la LRHL, preceptos referidos al conocido impuesto de la “Plusvalía Municipal” (IIVTNU).