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La semana pasada hemos conocido la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021, declara ilegal el impuesto de plusvalía que cobran los Ayuntamientos y declara nulo el artículo 107.1, el artículo 107.2 A y el artículo 107.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprobaba la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Entonces, ¿quién puede solicitar la devolución de la plusvalía?